El Ministerio de Producción impuso una sanción de 12.900 litros de gasoil a una empresa aplicadora que violó la Ley de plaguicidas. De esta manera, el monto de la multa asciende a la suma de 217.494 pesos.
El hecho que motivó la sanción ocurrió en Colonia Avigdor, departamento La Paz, en febrero pasado, cuando un vecino de dicha Localidad denunció en sede policial la aplicación de fungicida en un campo de soja ubicado dentro del casco urbano.
Luego de que la denuncia fuera remitida al Ministerio de Producción, inmediatamente tomó intervención el Departamento de Sanidad Vegetal de la Dirección de Agricultura, que depende de esa Cartera, a fin de iniciar las actuaciones.
Así, y luego de reunir el caudal de información necesario para efectuar la salida a campo y posterior fiscalización in-situ, los técnicos se constituyeron en Avigdor para realizar la investigación correspondiente. En primer lugar se entrevistaron con el denunciante y luego con el personal policial, además de indagar si existía registro de presentación de Receta Agronómica
En tal sentido, se comprobó que no existía registro de presentación alguna de Receta Agronómica, para dar aviso a la población del lugar, días previos al tratamiento realizado con productos fitosanitarios.
Posteriormente y haciendo las averiguaciones correspondientes, se determinó cuál era la empresa encargada de llevar adelante las pulverizaciones aéreas comprobándose que no contaba con la debida inscripción en el Registro de Empresas Aplicadoras y Expendedoras de Agroquímicos.
De esta manera, los asesores técnicos que conforman el Departamento de Técnico Sanidad Vegetal, en términos de sus facultades como organismo de contralor para la correcta aplicación de la Ley de Plaguicidas N° 6.599, Normas Complementarias y Reglamentarias, establecieron el valor de la pena, que se determinó en 43 Unidades de Puntaje Valorativo. Cada una de esas unidades equivale a 300 litros de Gas-Oil Ultra Diesel de la empresa Y.P.F., lo que totaliza los 12.900 litros del combustible, alcanzando el monto mencionado de acuerdo al precio que se comercializa en las estaciones de servicio.
Definida la multa, el Área Legal del Ministerio de Producción ya notificó al infractor quien no realizó el descargo permitido por la Ley, por lo que la pena quedó ratificada y dentro de los mecanismos administrativos estipulados para que se proceda a su pago.















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