Por María Emma Bargagna
Crisis ambiental: miedo y oportunidad.
Para los chinos, el término “crisis” contiene dos conceptos: miedo y oportunidad. Esas dos percepciones son las que aparecen cuando tratamos el problema de la fumigación con plaguicidas en el territorio de nuestra Provincia.
Miedo, porque cada día son más y más fuertes las voces que alertan sobre un sinnúmero de ataques a la salud humana y animal, la tierra, el agua, la biodiversidad, producidos por las sustancias o mezcla de sustancias que se utilizan para optimizar la producción agrícola.
Oportunidad, porque aún estamos a tiempo de modificar el sistema, de avanzar hacia métodos que generen rentabilidad sin causar perjuicio y cuidando los bienes disponibles. ¿Es posible generar rentabilidad en la producción agrícola sin causar perjuicio? Mi respuesta es: sí.
Hacia ese objetivo debemos ir sabiendo que la solución es compleja, multidisciplinaria e integral.
La respuesta a mi pregunta requiere de una gestión del Estado, que no se agote en el simple discurso de un prometido “contralor” sobre los métodos, los productos, la aplicación, las empresas, etc.
Exige, también, del compromiso de los Ingenieros Agrónomos.
Estos profesionales estrechamente ligados a la producción del campo deben comprender el rol que les cabe frente a una sociedad que pagó su formación y espera de ellos dedicación al cuidado de los bienes comunes (tierra, bosques, aire y ríos) y ética en el ejercicio de la profesión.
Exige del compromiso de la Universidad, particularmente de la Facultad de Agronomía, que debe abrir sus puertas a una realidad incontrastable y angustiante ante la pérdida definitiva y acelerada de recursos (agua, aire, tierra) y de biodiversidad.
Exige el compromiso de las organizaciones rurales en la tarea constante de debatir con los productores y capacitarlos para ir transitando paulatinamente hacia otros modos de producción, menos dañinos.
Exige el compromiso del INTA, que debe recuperar su rol, formando a los productores y formando a los becarios para que se modifiquen los paradigmas actuales reemplazándolos por los de un nuevo mundo, que lejos está de ser la sociedad de Mercado donde impera la ley del gallinero.
Exige el compromiso de los políticos progresistas, (estén o aspiren a estar en el Gobierno).
Hay que debatir, hasta resolver; consensuar, hasta resolver -y exigir hasta resolver-, políticas públicas claras, de Estado, -no sólo de coyuntura-, que favorezcan a los pequeños y medianos productores.
Políticas financieras que los subsidien y políticas comerciales seguras, con intervención reguladora del Estado, para que alcancen rentabilidad sin necesidad de envenenar ni envenenarse con plaguicidas.
Que alcancen seguridad económica pese a que no siembren soja y no se los exprima con exigencias fiscales que se derrochan luego en fanfarronadas. A quienes se dé pruebas de que el dinero que se recauda vuelve en mejores caminos, créditos baratos para la compra de semillas, de maquinaria, energía sana, capacitación y cultura.
Con esto quiero expresar que en materia de uso de plaguicidas la responsabilidad es compartida y son muchos los actores principales -no solamente el campesino, el agricultor- obligados a asumirla y practicarla.
Por eso, considero que el Consejo Económico y Social que incorporó la reforma a la Constitución Provincial del año 2008 -organizado por Ley- podría ser un ámbito institucional adecuado para debatir -dejando los egos y las pujas sectoriales- este delicadísimo y urgente problema político, social, ambiental y cultural.
Algunos aspectos que sirven y otros que no de la legislación vigente.
El plaguicida aparece hoy como un complemento insustituíble de la producción agraria. Fundamentalmente por haberse incorporado el sistema de la siembra directa. La transformación de un sistema de producción por otro que elimine el uso del plaguicida no es posible imponerlo por la fuerza si estamos coexistiendo bajo un sistema republicano y democrático.
No estamos en la Rusia de Stalin, cuyo autoritarismo provocó por la fuerza y el terror la transformación de la matriz productiva de Ucrania a costa de millones de muertos, hambre, monocultivo y desastres ecológicos terribles (leer: “El Imperio” de Ryzard Kapucinsky (polaco) – el más grande periodista del siglo xx, que visitó 18 veces la Rusia profunda).
Estamos en Argentina, regidos por un sistema representativo y republicano, con un bajísimo nivel de participación ciudadana y en el que las instituciones están diluídas, concentrándose un fuerte poder de la sociedad delegado al Poder Ejecutivo que a su vez lo ejerce con un alto grado de discrecionalidad y corrupción, colonizado financiera, cultural y políticamente, condicionado por intereses extraños a la Nación, que son contrarios al genuino interés de los pequeños y medianos productores y las economías regionales de todo el país.
Dada la situación actual, entiendo que, en relación a los plaguicidas, si nuestro objetivo es que se dejen de utilizar, es necesario considerar una política de medios y otra de fines.
Mientras se avanza culturalmente en el conocimiento y debate del asunto y se van incorporando las instituciones a un plan integral para el tratamiento del problema, necesariamente tendrán que regir normas de carácter provisional que se suplantarán con nuevas normas redactadas bajo la concepción de nuevos paradigmas, en los que el concepto “bienes naturales” pase a constituírse en un verdadero “sujeto de derechos”, así como son “sujeto de derecho” una persona física o jurídica.
La reforma que se promovió en estos días desde el Senado de la Provincia, íntegramente conformado por representantes del Frente para la Victoria (oficialismo) significa un gran retroceso y una vuelta al pasado, principalmente en uno de los aspectos más problemáticos: la fumigación aérea de plaguicidas.
La reforma legal que se intentó debatir en la Cámara de Diputados durante el curso del año 2013 y rápidamente se mandó al archivo planteaba la prohibición de las fumigaciones, pero intereses particulares de miembros de la Cámara y sugerencias del Ejecutivo cercenaron la posibilidad de su tratamiento.
Considero -por ello- que existe hoy día no están las condiciones dadas como para tratar una reforma de la Ley 6599.
Como dijo Cornelio Saavedra cuando se discutía la posibilidad de organizar un gobierno patrio: “Las brevas no están maduras”.
Qué sirve y qué no sirve de las normas vigentes en la Provincia en materia de plaguicidas.
La Ley Provincial 6599
En materia de plaguicidas rige en la Provincia la Ley 6599 (1980) a la cual le observo tres artículos interesantes desde nuestro punto de vista proteccionista de la Naturaleza y preventivo del Daño Ambiental:
Se trata de los artículos 10º, 11º y 12º.
En estas normas se obliga al organismo competente del Estado en materia de aplicación de plaguicidas a trabajar en colaboración “con otras reparticiones” tanto en el estudio biológico de las principales plagas que afecten la producción agropecuaria como en la determinación de los métodos más apropiados para su control así como en el estudio de los eventuales daños ocasionados por plaguicidas a los recursos naturales, “aconsejando las médidas más adecuadas para su protección”.
El artículo 11º repite “la Subsecretaría de Asuntos Agrarios podrá coordinar su acción para el cumplimiento de la presente ley con otras reparticiones estatales…” y el art. 12º, en el mismo sentido, establece: “El organismo de aplicación de la presente ley podrá celebrar convenios con instituciones privadas o públicas nacionales o provinciales…”.
Es decir que la posibilidad de trabajar en redes está dada.
Si tuviéramos la voluntad política de luchar por modificar el sistema de producción erradicando el uso de plaguicidas estos tres artículos de la vieja Ley vigente nos habilitan y dan la oportunidad sin limitación alguna de establecer de inmediato una red de información, estudio, comunicación, circulación de saberes, foros, etc., con Salud Pública, Hospitales, Centros de Salud, Universidades, Institutos de Tecnología, profesionales médicos en ejercicio en zonas rurales, biólogos, bioingenieros, antropólogos, asistentes sociales, químicos, bioquímicos, economistas, etc.
El Decreto 279/03 SEPG
Por Decreto 279 SEPG del 31 de enero del año 2003 reglamentario de la Ley 6599 se aplican -o se deberían aplicar- una serie de normas específicas en materia de plaguicidas y, particularmente, de fumigación de plaguicidas -terrestre y aérea-.
El decreto, en general, se refiere a los sistemas de control que el Estado ha adoptado para la aplicación de plaguicidas, tanto sobre las empresas aéreas o terrestres, sobre las comercializadoras de los productos, la aplicación y los aplicadores.
Contiene una norma (art. 12º) que a nuestro juicio es acertada -transitoriamente, ya que nuestro objetivo final es eliminar el uso de plaguicidas- en su primer párrafo ya que “prohíbe la aplicación aérea de plaguicidas agrícolas dentro del radio de tres (3) kilómetros a partir del perímetro de la planta urbana de los centros poblados”, pero de dudoso control en su aplicación al disponer en su segundo párrafo:
“Cuando dichos plaguicidas sean aplicados por medios terrestres, dentro del área indicada, deberán hacerse con la presencia permanente del asesor técnico, debiéndose extremar las precauciones para no ocasionar daños a terceros”.
La modalidad del “control” a través de la “receta agronómica” consistente en la venta de talonarios que utilizará el Ingeniero Agrónomo (para certificar cuál es el producto que se ha aplicado, cuándo y dónde) si no existiese un fuerte compromiso ético del profesional interviniente trastocaría en una mera tira de papel.
Con mayor razón el cumplimiento de los deberes legales es incontrolable debido a la burocracia, falta de medios, falta de personal, falta de presupuesto y falta de decisión política de los organismos de verificación y control.
El art. 27º del Decreto remite a la aplicación de la Ley Nacional nº 18.073 y la Ley Provincial nº 8880, de adhesión a la Ley nacional de Residuos Peligrosos.
Sin embargo, este fárrago de normas se vuelven humo debido a que no existen -como sucede hoy- organismos de control que las apliquen con un sentido trascendente e integral, a la luz de las graves cuestiones ambientales existentes y no desde el estrecho concepto de coyuntura burocrático-productivista.
Con criterio “ex-post-facto” el artículo 32º apela a la actividad conjunta del organismo de aplicación y la Secretaría de Salud (hoy Ministerio), Secretaría de Medio Ambiente, Cámara de Aplicadores, Cámara Empresarial, de Insumos, Facultad de Ciencias Agropecuarias y colegios profesionales para implementar medios que detecten en el territorio provincial casos de alteración a la salud humana y al ambiente por mal uso de plaguicidas. Verificado el daño, la norma indica que se aplicará una multa proporcional a la magnitud del perjuicio causado.
Obsérvese que esta norma va a las consecuencias, no a las causas, y al “mal uso”, no a la composición química del producto, es decir, omite considerar la capacidad intrínseca del producto de producir daño, ordenando una reparación económica que de nada vale si la salud, la vida o la biodiversidad no pueden volver al estado anterior al de la agresión.
En este aspecto, el Decreto -que data del año 2003- se coloca en un estadio anterior al de la reforma de la Constitución Nacional del año 1994 que sancionó el concepto ambiental de “prevención del daño” como un principio jerárquicamente superior para el orden jurídico argentino al de “reparación del daño causado” (art. 41º C.N.).
Finalmente, advertimos que el art. 28º de este Decreto también es de difícil y dudosa aplicación ya que se trata de un Poder de Policía del Estado Provincial concurrente con el nacional en relación a los plaguicidas cuya venta ha autorizado la Nación.
Conclusión
¿Podría en la actualidad el campo entrerriano continuar produciendo y a la par ir abandonando el uso sistemático de plaguicidas?
¿El Estado Provincial podría poner el acento en la protección de la salud, la biodiversidad y las fuentes de agua imponiendo un modelo productivo sustentable y económicamente rentable que elimine el uso de sustancias o mezcla de sustancias desfoliantes, desecantes o destinadas al control de plagas?
¿Un pequeño y mediano productor rural podría producir sin necesidad de utilizar plaguicidas y sin que ello lo lleve a la ruina?
Creemos que sí, que es posible.
La fórmula no es mágica, es política. Se trata de una solución integral, multifacética, multidisciplinaria, no coyuntural y además, progresiva, con un fuerte sesgo cultural.
La fórmula no es mágica, es política. Requiere de la incorporación al debate y a la solución de múltiples actores con una finalidad clara: terminar con el veneno sobre la gente, sobre los niños y docentes de las escuelas rurales, sobre el agua, sobre el ganado, las aves, la fauna silvestre. Terminar con los envases que se lavan en los arroyos y matan las especies acuáticas. Poner fin al tiempo de la extinción de la biodiversidad.
La fórmula no es mágica, es política. Tiene un fuerte componente económico. Mientras no se apoye decididamente al pequeño y mediano productor, mientras no se lo incentive y se le dé un horizonte de seguridad y de estabilidad, existirá una fuerte oposición al cambio por miedo a la pobreza o al quebranto.
La fórmula no es mágica, es política. Merece un fuerte impulso cultural no sólo en relación al modo, al método o a los medios que se utilizan para producir, a la capacitación, al conocimiento, sino en relación a la conformación de un Estado que sea herramienta al servicio del conjunto de la sociedad actual y futura.
Y como todos los caminos conducen a Roma, necesario es reconocer que el destino hacia el cual queremos ir necesita de una amplia mayoría que crea que ese cambio es posible, para lo cual los referentes políticos y sociales deben demostrar decencia, tolerancia y mucho amor a la Patria.















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