La norma, que fue aprobada sobre tablas y sin discusión, formaliza y da carácter de política de Estado al gabinete nacional de cambio climático, un organismo creado mediante el Decreto 891/2016.
En concreto, el gabinete funciona bajo la órbita de la jefatura de Gabinete de ministros y es coordinado técnicamente por la secretaría de Cambio Climático y Desarrollo Sustentable.
El cuerpo tiene la función de articular –entre las distintas áreas de gobierno– la implementación de un “Plan nacional de adaptación al cambio climático”. El Gabinete está integrado por los titulares de todos los ministerios, que representan la instancia política. El trabajo técnico, en tanto, se desarrolla a través de mesas temáticas y de puntos focales ministeriales.
Sus objetivos principales son tres:
establecer estrategias y políticas vinculadas al estudio del impacto del cambio climático;
promover estrategias de reducción de emisión de gases de efecto invernadero;
y reducir la vulnerabilidad humana y de los sistemas naturales ante la problemática.
A su vez, la ley establece la convocatoria a un Consejo Asesor Externo integrado por especialistas en la materia, quienes “asistirán en la elaboración de políticas públicas relacionadas con la Ley”. También establece la obligación de los organismos del Poder Ejecutivo de aportar la información necesaria para la aplicación de la ley y establece su carácter público, y crea un Sistema Nacional de Información sobre Cambio Climático.
El Consejo Asesor Externo deberá estar compuesto por científicos; representantes de organizaciones ambientales; comunidades indígenas, universidades; entidades académicas y empresariales; sindicatos; centros de investigación públicos y privados y representantes de partidos políticos con representación parlamentaria.
A su vez, las provincias deberán adherir a los presupuestos mínimos establecidos por la Ley. Actualmente, la participación de las provincias se articula a través del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA).
La normativa había obtenido la media sanción del Senado en julio pasado. Fue impulsada a por el senador Fernando “Pino” Solanas y la senadora de Cambiemos, Lucila Crexell. Su propuesta recibió el enfático respaldo de los los jóvenes representantes de la Alianza por el Clima y Jóvenes por el Clima, quienes desde principio de año militaron por la sanción de la normativa mediante reuniones con legisladores y marchas en las calles.
Los puntos centrales de la norma:
Da un respaldo más sólido a la institucionalización del Gabinete Nacional de Cambio Climático, actualmente vigente mediante el Decreto 891/2016.
Crea el Consejo Asesor Externo del Plan Nacional de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático, que deberá ser convocado por el Gabinete y cuyos miembros deberán ser: científicos, representantes de organizaciones ambientales, comunidades indígenas, universidades, entidades académicas y empresariales, sindicatos, centros de investigación públicos y privados, representantes de partidos políticos con representación parlamentaria.
Establece la obligación de todos los organismos del Poder Ejecutivo Nacional de aportar la información necesaria para la aplicación de la Ley.
Crea el Sistema Nacional de Información sobre Cambio Climático, para transparentar el Inventario Nacional de
Gases de Efecto Invernadero y el monitoreo de las medidas de mitigación.
Determina que todos los datos y documentos relacionados con la aplicación de la ley deben ser información pública ambiental, de acuerdo con las leyes 25.831 y 25.675.















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