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Entre Ríos declaró la emergencia agropecuaria debido a las sequías y las altas temperaturas

El Gobierno entrerriano declaró la situación de emergencia y/o desastre agropecuario a las explotaciones de maíz y sorgo, de ganadería bovina, caprina y ovina, tambos, explotaciones hortícolas, nuez pecán, citrícolas y forestales de toda la provincia debido al evento climático de sequías agravado por las altas temperaturas.

La medida rige de manera retroactiva desde el 1 de enero pasado y se extiende originalmente hasta el 31 de julio próximo.

La Comisión de Emergencia Agropecuaria concluyó que los daños sufridos en la producción agrícola y ganadera son consecuencia del déficit hídrico acaecido a partir del mes de mayo del 2021, agravado por las altas temperaturas.

El gobernador de Entre Ríos, Gustavo Bordet, adelantó que se trabaja en líneas de crédito para que los productores afectados por la sequía puedan recomponer el capital de trabajo de cara a la próxima siembra.

Los productores agropecuarios afectados deberán presentar una declaración jurada ante la Secretaría de Agricultura y Ganadería de la Provincia, que en un lapso de 60 días verificará y aprobará los listados de los productores que serán incluidos en la emergencia.

Asimismo, el Ministerio de Producción provincial gestionará ante el Gobierno nacional los instrumentos necesarios para la declaración de emergencia y de acuerdo a los alcances del Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios, según la Ley N° 26.509.

Detalles

La declaración de emergencia instruye a la Administradora Tributaria de Entre Ríos que disponga el diferimiento y planes de pago especiales de los vencimientos del anticipo único y los anticipos 1º y 2º del Impuesto Inmobiliario Rural y Sub Rural 2022 a una fecha posterior al 31 de agosto del 2022.

La norma también fija un plan de pagos especial de los anticipos 1° y 2° diferidos en el impuesto inmobiliario rural y para los sujetos comprendidos en el mismo, de hasta 3 cuotas, mensuales, consecutivas. La primera cuota vencerá el 15 de enero de 2023.

La Comisión de Emergencia Agropecuaria concluyó en que los daños sufridos en la producción agrícola y ganadera, como consecuencia del déficit hídrico acaecido a partir del mes de mayo del 2021, agravó con las altas temperaturas en algunos casos, superando registros históricos.

Se señaló que dicho acontecimiento climático de carácter imprevisible y/o inevitable conforme estimaciones realizadas, ha provocado en muchos casos daños considerables a la producción o capacidad productiva de las actividades correspondientes.

Tal situación, se especificó, impactó por un lado en los cultivos estivales, principalmente de maíz y sorgo, atento al estado de desarrollo en que se encontraban, lo cual acarrea consecuencias en otras actividades productivas de la provincia, tales como la ganadería mayor y menor de carne y leche, que ven afectada su capacidad productiva ante la disminución de la oferta forrajera de pasturas naturales e implantadas, la poca realización de reservas necesarias para el invierno y el consumo anticipado de las mismas, como así también en otras relacionadas que ven comprometida su continuidad producto de factores de origen climáticos.

Se ponderó que el sector forestal de la provincia sufrió por consecuencia de la sequía el incendio de un importante número de hectáreas ocasionando pérdidas irreparables en plantaciones de más de 10 años de edad.

Del relevamiento en el territorio provincial con referentes de cada región surge que el 90 % de los encuestados refiere una situación de sequía con serio compromiso de las reservas hídricas en su región, lo cual compromete seriamente los cultivos de maíz y sorgo, la ganadería en general, viendo afectadas no solamente la provisión de forraje, sino las aguadas y tajamares que se encuentran afectados repercutiendo en el estado general del rodeo, entre otras actividades productivas.

Ante la gravedad de los daños relevados, de carácter excepcional y que por su magnitud dificultarán el cumplimiento de las obligaciones fiscales y crediticias a los actores involucrados, resulta procedente dictar un instrumento legal que formalice la entrega de certificaciones oficiales a los productores afectados, lo cual podrá ser verificado por parte del organismo competente dependiente de la cartera productiva, a fin de cumplimentar con los requisitos necesarios para ser incluidos en los beneficios que prevé en cada caso la Ley Provincial N°10.836 y su correlato Nacional Ley N° 26.509;

De acuerdo a lo previsto en la citada normativa, serán incluidos en los beneficios que prevé la declaración de emergencia los productores que el estado provincial certifique han visto afectada su producción en los porcentajes mínimos allí indicados.

 

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