Desde la Federación Agraria Argentina (FAA),el Director de la FAA Nacional ,Ing.Agr. Ricardo Garzia dió a Mundo Rural algunos de los detalles del proyecto de Ley de Semillas elaborado por la institución y las entidades del Complejo Federado, enviado ayer al Ministerio de Agroindustria y al Congreso de la Nación.
Garzia .explicó con relación a las debilidades de la actual Ley que “data de 1973 , y desde que se hizo la ley hasta la fecha han ocurrido avances con la agrobiotecnología que la han dejado obsoleta y a raíz de la manipulación genética se provocaron “cruces” entre la Ley de Patentes y la Ley de Semillas” , al respecto el federado aclaró “la ley de patentes no prevé en Argentina el patentamiento de organismos vivos y hoy se están firmando convenios entre productores y multinacionales, dónde se aducen patentamientos de organismos vivos y donde se avanza sobre los derechos de los pequeños y medianos productores “.
El dirigente sostuvo además que “la ley tiene muchos huecos , muchas zonas oscuras , es una ley en favor de los más fuertes en detrimento de los más débiles , como por ejemplo en el uso propio de semillas los derechos de los pequeños productores se ven amenazados”denunció Garzia.
Respecto a la necesidad de discutir una nueva ley , Garzia recordó que “ hay algunos déficits en la actual Ley ,entre ellos que no está declarada de orden público , y debe tener esta condición para que ningún acuerdo entre privados supere la letra de la Ley” y agregó “si la nueva Ley es declarada de orden público por el Congreso lo que sucedería es que los convenios firmados entre particulares que afectan a los derechos del productor , no tendrían validez”.
El dirigente detalló los principios incorporados en el proyecto de ley de la FAA que considera deben ser reflejados en cualquier nueva iniciativa vinculada al tema semillas, entre los que figuran que : la Argentina tiene que dejar de tener un mercado ilegal de semillas tan importante ,hay que redefinir el rol del INASE y de la CONASE con sus reglamentaciones, hay que dejar muy en claro en la letra de la nueva Ley que siempre se debe pagar por la tecnología pero en la bolsa, cuando los productores compran la semilla y que a partir de ahí se agote el derecho de los obtentores ,en otro orden Argentina debe seguir en el marco del convenio de Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV) de 1978 , y finalmente respecto al uso propio de semilla nosotros queremos plantear que haya una excepción para los productores grandes y que se mantenga el derecho de uso propio para los pequeños y medianos y no al revés” detalló el dirigente de Gobernador Mansilla.
Resúmen de los principales puntos del Proyecto de Ley de Semillas más abajo en el link compartido se puede acceder al documento completo
* Declarar de orden público las disposiciones de la ley relativas a derechos y limitaciones, así como el régimen de licencias obligatorias y de cláusulas antimonopólicas;
* Establecer el principio de agotamiento de los derechos de propiedad intelectual con la compra de la semilla;
* Determinar un marco específico para los agricultores familiares e incorporar definiciones de semillas nativas y criollas;
* Mantener el uso propio como derecho del agricultor con una excepción para los grandes productores;
* Declarar la invalidez de condiciones abusivas en la compra de semillas;
* Incorporar un sistema de licencias obligatorias para prevenir los casos de abuso;
* Mejorar y fortalecer las estructuras institucionales del Instituto Nacional de Semillas (Inase), de la Comisión Nacional de Semillas (CONASE) y del Consejo Federal de Semillas;
* Adaptar la ley al nuevo marco normativo internacional con la ratificación de la Argentina del Tratado Internacional sobre Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura y el Protocolo de Nagoya accesorio del Convenio sobre la Diversidad Biológica;
* Adoptar terminología acorde a los marcos regulatorios internacionales;
* Determinar el régimen de sanciones civiles y comerciales, claras para casos concretos y sin asimilaciones a tipos penales; limitando el rol del INASE y prohibiendo cláusulas contractuales anticompetitivas.















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